Para tomar posesión deberán presentarse los siguientes documentos
Cédula de ciudadanía para los mayores de edad, y tarjeta de identidad o cédula de extranjería para los demás.
Los que acreditan las calidades para el desempeño del cargo.
Certificado de encontrarse a paz y salvo con el tesoro nacional, o autorización del director regional de impuestos.
Certificado judicial.
Documento que acredite tener definida la situación militar, en los casos en que haya lugar.
Certificado médico de aptitud física y mental expedido por la Caja Nacional de Previsión, o por el organismo asistencial a cuyo cargo esté la seguridad social de los funcionarios de la entidad, salvo cuando la vinculación sea transitoria y no sobrepase los noventa (90) días.
Documento que acredite la constitución de fianza cuando sea el caso, debidamente aprobada, y
Estampillas de timbre nacional conforme a la ley. En los casos de traslados, ascensos, encargos o incorporación a una nueva planta de personal, deberá presentarse el documento de identidad, el que acredite la constitución de fianza cuando sea del caso y pagar el impuesto de timbre por la diferencia del sueldo cuando hubiere lugar.