Micelio

Artículo 1

El Artículo 1° Del Decreto 2268 De 2002 Quedará Así: “ Artículo 1°

Decreto 2515 de 2009 · por el cual se modifica el Decreto 2268 de 2002.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 1° del Decreto 2268 de 2002 quedará así: “ Artículo 1°. La Comisión de Antigüedades Náufragas estará adscrita al Ministerio de Cultura y quedará integrada por las siguientes personas: - El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado. - El Ministro de Cultura o su delegado, quien la presidirá. - El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado. - El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República o su delegado. - El Director de la Dirección General Marítima, Dimar. - Cuatro (4) Expertos designados por el Presidente de la República.

Parágrafo

La Comisión tendrá un Secretario que será designado por la misma”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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