º . La Secretaría Técnica del CESU será ejercida por el Director de Calidad para la Educación Superior del Viceministerio de Educación Superior, el cual tendrá las siguientes funciones
Adelantar el proceso de convocatoria;
Efectuar las inscripciones a que haya lugar, previa verificación de las calidades y requisitos exigidos en el artículo 1º de este decreto;
Coordinar el desarrollo de las reuniones y de las votaciones;
Conformar y publicar la lista de los candidatos postulados para ser integrantes del CESU;
Elaborar el acta en donde se consignen los resultados de las votaciones;
Informar al Ministro de Educación Nacional la pérdida de la condición de integrante del CESU para que adelante la correspondiente convocatoria con el fin de escoger al nuevo integrante;
Las demás que le sean asignadas.