Micelio

Artículo 3

Decreto 428 de 1878 · Sobre la primera liquidación de los Presupuestos nacionales de Rentas i Gastos para la vijencia económica de 1878 a 1879

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Fíjase la cantidad que habrá de ser necesaria para la emision de documentos de la Deuda interior, consolidada i flotante, en tres millones novecientos cuarenta i un mil pesos ($ 3.941,000), en esta forma : Para la Deuda interior consolidada 30,000 Para la Deuda interior flotante 3.911,000 $ 3.941,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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