Micelio

Artículo 30

Ley 82 de 1947 · Por la cual se adicionan y modifican las leyes 2ª de 1945, y 100 y 101 de 1946, en relación con ascensos y prestaciones sociales para el personal de las Fuerzas Militares, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de clase de la Armada solamente podrá retirarse voluntariamente después de doce años de servicio.

Parágrafo

Los cargos que llegaren a desempeñar los Suboficiales u Oficiales de reserva o en uso de retiro temporal, o en las dependencias del ramo de Guerra, no podrán ser considerados como de actividad, y, por tanto, no se computarán para efecto de sueldo de retiro.

Parágrafo

El llamamiento al servicio activo de un Oficial en uso de retiro temporal, será determinado por la Junta Asesora del Ministerio de Guerra, y en el decreto respectivo se deberá especificar no solamente que se llama al servicio activo, sino el cargo profesional a que se le destina conforme a su jerarquía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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