Oficina de Comunicaciones.
Son funciones de la Oficina de Comunicaciones, además de las dispuestas en el artículo 38 del presente decreto las siguientes:
1. Asesorar a la Dirección General en la definición e implementación de las políticas relativas a las comunicaciones y relaciones corporativas;
2. Establecer estrategias, planes o programas de comunicación corporativa y organizacional;
3. Definir, coordinar y supervisar la realización de las campañas institucionales de comunicación y garantizar la oportuna publicidad y divulgación de los asuntos de competencia de la DIAN;
4. Establecer y coordinar las relaciones de la Entidad con la prensa y los distintos medios de comunicación, así como canalizar la información de la DIAN hacia estos últimos en forma masiva;
5. Apoyar la definición de las políticas y actividades inherentes a las publicaciones oficiales de la DIAN y coordinar y supervisar su ejecución;
6. Efectuar la supervisión técnica de la ejecución de los contratos en materia de divulgación celebrados por la DIAN;
7. Apoyar la definición de las políticas y actividades inherentes para asegurar el uso correcto de la imagen institucional de la DIAN;
8. Apoyar acciones tendientes a fortalecer la cultura tributaria colombiana.