Micelio

Artículo 3

º

Decreto 789 de 1995 · por el cual se crea la Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Política y del Plan Estratégico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, se ordena su composición y se le atribuyen funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Funciones . La Comisión de Seguimiento y Evaluación de la Política y del Plan Estratégico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico tendrá las siguientes funciones

a)

Analizar la información que para el efecto envíe la Secretaría Técnica y proponer los correctivos necesarios para asegurar el cumplimiento de las metas cuantitativas y cualitativas;

b)

Seguir y evaluar el desarrollo y cumplimiento de la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios, Ley 142 de 1994 en lo referente al sector de agua potable y saneamiento básico;

c)

Seguir y evaluar el cumplimiento de los objetivos y las metas contenidos en los documentos Conpes relacionados con el sector;

d)

Analizar el desarrollo del programa de asistencia técnica definido dentro del SAS y proponer los correctivos necesarios para garantizar su eficacia;

e)

Conceptuar sobre las propuestas de ajuste a la política que someta a su consideración la Secretaría Técnica;

f)

Recomendar las medidas encaminadas a garantizar la eficacia y eficiencia de la gestión del sector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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