Micelio

Artículo 1

Autorízase Al Señor Ministro De Hacienda Y Crédito Público Para Que Gestione A Nombre Del Gobierno Nacional Un Empréstito Externo Con Gobiernos Extranjeros, Bancos, Instituciones Financieras O Proveedores Extranjeros, Hasta Por La Suma De Nueve Millones Cuatrocientos Mil Dólares (Us$ 9

Decreto 2545 de 1990 · por el cual se concede una autorización para gestionar un empréstito externo hasta por la suma de US$ 9.400.000 ó su equivalente en otras monedas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público para que gestione a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo con Gobiernos extranjeros, Bancos, Instituciones Financieras o Proveedores extranjeros, hasta por la suma de nueve millones cuatrocientos mil dólares (US$ 9.400.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas, en las siguientes condiciones financieras

a)

Mínimo US$ 2.350.000, o su equivalente en otras monedas, con un plazo mínimo para su total amortización de veinte (20) años, incluido un período de gracia mínimo de cinco (5) años, un interés máximo sobre saldos deudores de cuatro por ciento (4%) anual y demás comisiones y gastos propios de esta clase de operaciones, y

b)

Máximo US$ 7.050.000, o su equivalente en otras monedas, con un plazo mínimo para su total amortización de ocho (8) años, contados a partir del sexto mes de la fecha de entrega en funcionamiento de los equipos y un interés máximo de diez punto cincuenta y cinco por ciento (10.55%) anual fijo, el cual incluye comisiones y gastos por todo concepto. Para la financiación en otras monedas diferentes al dólar americano la tasa de interés de que trata este literal deberá ser equivalente a la que rija para préstamos en la moneda respectiva y en todo caso aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General de Crédito Público-.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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