Art. 2.º A costa del Tesoro Público, se colocará el retraso de la ilustre víctima en el salón de sesiones de la Cámara de Representantes, con esta inscripción:
" Al mártir de la Patria-El Congreso de 1888."
Al Mártir De La Patria-El Congreso De 1888."
Ley 67 de 1888 · que honra la memoria del Sr. Julio Arboleda
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 2.º A costa del Tesoro Público, se colocará el retraso de la ilustre víctima en el salón de sesiones de la Cámara de Representantes, con esta inscripción:
" Al mártir de la Patria-El Congreso de 1888."
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.