Micelio

Artículo 10

División De Transporte Marítimo

Decreto 1561 de 2002 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Transporte Marítimo . Son funciones de la División de Transporte Marítimo las siguientes

1.

Asesorar al Director en la adopción de políticas relacionadas con el transporte marítimo y el transporte fluvial internacional.

2.

Asesorar al Director en la aplicación de las normas sobre reserva de carga y tarifas de fletes.

3.

Elaborar los proyectos de reglamentación que permitan la orientación, inspección y control de las actividades de transporte marítimo.

4.

Formular recomendaciones al Director sobre las solicitudes relacionadas con servicios de transporte marítimo y fluvial internacional, rutas, contratos de fletamento, convenios y asociaciones.

5.

Determinar e informar al Director sobre la eficiencia y eficacia de los servicios que prestan los armadores nacionales.

6.

Mantener estadísticas actualizadas sobre transporte marítimo.

7.

Elaborar y mantener el registro de naves y compañías navieras.

8.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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