Monto de los aportes . Para los trabajadores dependientes beneficiarios del subsidio, la parte de la cotización no subsidiada se dividirá entre el empleador y el trabajador, así
1.
El 75% a cargo del empleador, y
2.
El 25% a cargo del trabajador. Para los trabajadores independientes, la parte de la cotización no subsidiada estará totalmente a su cargo. (Decreto 3771 de 2007, artículo 22)