El patrimonio de la CRC estará constituido por:
Los recursos recibidos por concepto de la contribución por regulación.
Los recursos que reciba por cooperación técnica nacional e internacional.
Los aportes del presupuesto nacional y los que reciba a cualquier título de la Nación o de cualquier otra entidad estatal.
El producido o enajenación de sus bienes, y por las donaciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.
Los rendimientos financieros de sus recursos.
Los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y los que le sean transferidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) de conformidad con las funciones que le son transferidas mediante la presente Ley.