º. Para los efectos del artículo anterior los interesados podrán formular al Ministerio de Minas y Petróleos las solicitudes respectiva, acompañada de los datos e informaciones referentes a la naturaleza del mineral, su ubicación, importancia industrial o económica, origen de la inversión, costo aproximado de explotación, situación el mercado externo, efecto neto sobre la balanza de pagos y toda otra información que requiera el Ministerio
Artículo 2
Para Los Efectos Del Artículo Anterior Los Interesados Podrán Formular Al Ministerio De Minas Y Petróleos Las Solicitudes Respectiva, Acompañada De Los Datos E Informaciones Referentes A La Naturaleza Del Mineral, Su Ubicación, Importancia Industrial O Económica, Origen De La Inversión, Costo Aproximado De Explotación, Situación El Mercado Externo, Efecto Neto Sobre La Balanza De Pagos Y Toda Otra Información Que Requiera El Ministerio
Decreto 262 de 1968 · por el cual se reglamentan los artículos 171 del Decreto 444 de 1967 y 47 del Decreto 1366 del mismo año, en lo referente a la exportación de recursos minerales.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.