Micelio

Artículo 7

Pertenecen A La Séptima Categoría: Empleos De Jerarquía Inferior : A) Choferes

Decreto 1319 de 1941 · Por el cual se establece el escalafón de Empleados de los ramos de Lepra, Instituto Federico Lleras Acosta y del a Policía Sanitaria, dependientes del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, se modifica el Decreto 1554 y se dicta una disposición de carácter general relacionada con la carrera administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Pertenecen a la séptima categoría: Empleos de jerarquía inferior

a)

Choferes.

b)

Porteros, Citadores y semejantes.

c)

Instalador de energía eléctrica, y Guarda-líneas eléctricas y telefónicas.

d)

Empacadores de drogas en el Depósito Central de los Lazaretos.

Parágrafo

Para este grupo se requieren las siguientes condiciones mínima de admisión al servicio: para los empleos de los ordinales a) y b), estudios completos de enseñanza primaria, o subsidiariamente comprobación de su competencia ante el Consejo Nacional de Administración y Disciplina; los Choferes deberán presentar además, el pase o licencia correspondiente. Para los cargos de los ordinales c) y d), honorabilidad y aptitud comprobada para ejecutar los trabajos respectivos. CAPITULO II Instituto "Federico Lleras Acosta"

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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