Para la administración de la justicia del Trabajo, se divide el territorio de la República de los siguientes Distritos, con Tribunal Seccional en cada uno de ellos:
1° El de Barranquilla, capital Barranquilla, con jurisdicción territorial en el Departamento del Atlántico;
2° El de Bogotá, capital Bogotá, con jurisdicción territorial en el Departamento de Cundinamarca, la Intendencia del Meta y las Comisarías del Vichada y Vaupés;
3° El de Bucaramanga, capital Bucaramanga, con jurisdicción territorial con el Departamento de Santander;
4° El de Cali, capital Cali, con jurisdicción territorial en el Departamento del Valle del Cauca;
5° El de Cartagena, capital Cartagena, con jurisdicción territorial en el Departamento de Bolivar y la Intendencia de San Andrés y Providencia;
6° El de Cúcuta, capital Cúcuta, con jurisdicción territorial en el Departamento de Norte de Santander;
7° El de Ibagué, capital Ibagué, con jurisdicción territorial en el Departamento del Tolima;
8° El de Manizales, capital Manizales, con jurisdicción territorial en el Departamento de Caldas;
9° El de Medellín, capital Medellín, con jurisdicción territorial en el Departamento de Antioquia y en le Intendencia Nacional del Chocó;
El de Neiva, capital Neiva, con jurisdicción territorial en el Departamento del Huila y en las Comisarías del Caquetá y del Amazonas;
El de Pasto, capital Pasto, con jurisdicción territorial en el Departamento de Nariño y en la Comisaría Especial del Putumayo;
El de Popayán, capital Popayán, con jurisdicción territorial con el Departamento de Cauca;
El de Santa Marta, capital Santa Marta, con jurisdicción territorial en el Departamento del Magdalena y en la Comisaría de la Goajira;
El de Tunja, capital Tunja, con jurisdicción territorial con el Departamento de Boyacá y la Comisaría de Arauca.