Seguimiento, evaluación y monitoreo. La Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas diseñará y aplicará un sistema de seguimiento y evaluación que permita la medición y valoración periódica de la implementación y ejecución de los Planes Integrales de Reparación Colectiva.
El Programa de Reparación Colectiva contará con un sistema de rendición de cuentas y discusión pública de resultados que dé transparencia a su ejecución. En caso de incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones a cargo de las entidades responsables de la ejecución de las medidas de Reparación Colectiva, la Unidad Administrativa compulsará copias a la Comisión de Seguimiento y Monitoreo para lo de su competencia.
Los sujetos de reparación colectiva podrán participar en el seguimiento y evaluación de sus respectivos Planes Integrales de Reparación Colectiva. Asimismo podrán conformar veedurías ciudadanas al seguimiento al Programa de Reparación Colectiva.
La Unidad Administrativa promoverá la participación de actores de la sociedad civil y demás institucionalidades presentes en el territorio en el seguimiento de los Planes Integrales de Reparación Colectiva en procura de la construcción de proyectos de sociedad democráticos, con justicia social y vigilancia del cumplimiento del respeto a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
(Decreto 4800 de 2011, artículo 232)