Los Jefes o los encargados de las Secciones de Presupuesto y Contabilidad de los Ministerios y Departamentos Administrativos del Gobierno cumplirán las instrucciones de los respectivos Ministros o Jefes de Departamentos Administrativos sobre la afectación y el giro a cargo de sus apropiaciones, dentro de las normas impartidas por el Ministro de Hacienda por conducto del Director del Presupuesto, a quien suministrarán los datos e informes que les solicite.
Artículo 69
Los Jefes O Los Encargados De Las Secciones De Presupuesto Y Contabilidad De Los Ministerios Y Departamentos Administrativos Del Gobierno Cumplirán Las Instrucciones De Los Respectivos Ministros O Jefes De Departamentos Administrativos Sobre La Afectación Y El Giro A Cargo De Sus Apropiaciones, Dentro De Las Normas Impartidas Por El Ministro De Hacienda Por Conducto Del Director Del Presupuesto, A Quien Suministrarán Los Datos E Informes Que Les Solicite
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.