"ARTICULO 14
"Los Gobiernos colombiano y sueco se comprometen a facilitar los trabajos de la Comisión y, en particular, a proveerla con la mayor amplitud posible de todos los documentos o informaciones útiles, y también a emplear los medios de que disponen para permitir a la Comisión que proceda en sus territorios y de acuerdo con sus legislaciones a la citación y audición de testigos y expertos y que se traslade sobre el terreno.