Micelio

Artículo 4

º

Decreto 982 de 1984 · Por el cual se reglamentan los artículos 7º y 10 de la Ley 11 de 1981.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Si el trabajador no hace uso de los expresados elementos de labor, por cualquier causa, el patrono queda eximido de proporcionarle los correspondientes al período siguiente, contado a partir de la fecha en que se le haya hecho al trabajador el último suministro de, esos elementos. El patrono dará aviso por escrito sobre tal hecho al Inspector de Trabajo del lugar y en su defecto a la primera autoridad política, para los efectos a que hubiere lugar, con relación a los referidos suministros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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