Micelio

Artículo 1

Decreto 1232 de 1951 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número o11 del 1° de junio en curso, expedido por la Corte Electoral

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Apruébase en todas sus partes el siguiente Acuerdo expedido por la Corte Electoral, que a la letra dice: "ACUERDO NUMERO 011 DE 1951 (JUNIO 1º) por el cual se dan unas autorizaciones al Registrador Nacional del Estado Civil. La Corte Electoral, CONSIDERANDO: Que el Decreto número 1037 de 15 de mayo de 1951, dispuso que la Corte Electoral, por conducto de la Registraduría Nacional del Estado Civil, formará los censos electorales y los enviará a cada Municipio y a cada Corregimiento o Inspección de Policía donde haya Delegado del Registrador Municipal; y Que para facilitar la labor que se le ha encomendado a la Corte Electoral y a la Registraduría Nacional, puede ser necesario refundir, suprimir y crear cargos en la organización electoral ACUERDA:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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