Micelio

Artículo 9

Plan De Reconversión Productiva Y Adaptación Laboral

Ley 2232 de 2022 · por la cual se establecen medidas tendientes a la reducción gradual de la producción y consumo de ciertos productos plásticos de un solo uso y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional en cabeza del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con la participación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo y Ministerio de Trabajo, en el término diez y ocho (18) meses desde la entrada en vigencia de la presente ley, formulará un Plan de Adaptación Laboral y reconversión productiva para la sustitución de productos plásticos de un solo uso por alternativas sostenibles en los términos de la presente ley, que permita a los trabajadores y a las empresas, adaptarse a las disposiciones contempladas en la presente ley.

Este plan tiene como finalidad facilitar la transición productiva, tecnológica y comercial de los sujetos que desarrollan actividades para la introducción en el mercado, comercialización y/o distribución de los productos plásticos de un solo uso sujetos a restricciones en virtud de la presente ley, y la actualización de la formación para el trabajo de los trabajadores de los mismos.

Parágrafo 1

º. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de Trabajo, serán los encargados de implementar y dar seguimiento al Plan de Reconversión Productiva y Adaptación Laboral, con el apoyo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, o quien haga sus veces, de conformidad con sus competencias, a través de los instrumentos y programas de apoyo con que cuenten y en el marco de las asignaciones presupuestales del Gobierno nacional.

Parágrafo 2

Durante la formulación del Plan de Reconversión Productiva y Adaptación Laboral, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con la participación de los Ministerios de Ciencia, Tecnología e Innovación; Comercio, Industria y Turismo; y Trabajo, deberán establecer mecanismos de concertación con el sector privado para ajustar las actividades de este a las metas ambientales previstas en la presente ley y garantizar su cumplimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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