El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al Capítulo 64 artículo 735 DEL Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia en curso, y en los años posteriores a la partida que se asigne para este fin. El Ministerio de Higiene queda facultado para solicitar los traslados necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto.
Decreto 982 de 1953 →Vigente
Artículo 10
El Gasto Que Demande El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Imputará Al Capítulo 64 Artículo 735 Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia En Curso, Y En Los Años Posteriores A La Partida Que Se Asigne Para Este Fin
Decreto 982 de 1953 · Por el cual se organiza el Instituto Nacional de Cancerología, dependencia del Ministerio de Higiene, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.