Las parcelaciones a que se refiere los artículos siguientes, tendrán por objeto principal el incremento de la producción agrícola, mediante la adjudicación de tierras ya sea en propiedad o en usufructo, arrendamiento, etc. a los trabajadores que carezcan de ellas y comprueben su capacidad para explotarlas económicamente.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.