º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el inciso 20 del artículo 1º del Decreto 1953 de 1994 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias en especial los decretos 207 de 1958, el numeral 7.3 del artículo 5º y el artículo 32 del Decreto 1953 de 1994.
Decreto 1677 de 1997 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 1677 de 1997 · por el cual se fusiona el Instituto Electrónico de Idiomas dependiente del Ministerio de Educación Nacional a la Universidad Nacional de Colombia.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia