º Los comerciantes, los importadores, y los establecimientos de comercio establecidos en estas zonas, registrados en la Cámara de Comercio respectiva, gozarán de los beneficios otorgados en el presente Decreto.
Artículo 8
º Los Comerciantes, Los Importadores, Y Los Establecimientos De Comercio Establecidos En Estas Zonas, Registrados En La Cámara De Comercio Respectiva, Gozarán De Los Beneficios Otorgados En El Presente Decreto
Decreto 1457 de 1991 · por medio del cual se otorga un tratamiento preferencial aduanero y cambiario a los Municipios de Maicao, Uribia y Manure en la Guajira, Tumaco en Nariño, y a la Región de Urabà compuesta por los Municipios de Arboletes, San Juan de Urabà, Necoclí, San Pedro de Urabà, Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodò, Mutatà, Acandí y Unguía.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.