Micelio

Artículo 18

Corresponde A La Oficina De Organización Y Sistemas Desarrollar Las Siguientes Funciones: A) Recopilar, Sistematizar, Conservar Y Producir La Información Necesaria Para El Adecuado Cumplimiento De Las Funciones Del Ministerio, En Apoyo A Las Oficinas Respectivas Y En Coordinación Con La Oficina De Planeación, En Especial En Materias Como, Estadísticas Políticas Y Electorales, Orden Público Y Negociación Y Asuntos Territoriales; B) Adelantar Los Estudios De Organización Y Métodos Tendientes Al Desarrollo Institucional Del Ministerio; C) Asesorar Las Dependencias Del Ministerio En La Modernización, Adquisición Y Utilización De Equipos De Cómputo Y Prestarles El Apoyo En El Área De Sistemas; D) Desarrollar, Mantener Y Actualizar Los Sistemas De Información De Las Diferentes Dependencias; E) Reglamentar El Acceso, Manejo Y Uso De La Información Que Se Procesa En La Oficina; F) Las Demás Funciones Que Le Sean Asignadas De Acuerdo A La Naturaleza Del Área

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a la Oficina de Organización y Sistemas desarrollar las siguientes funciones

a)

Recopilar, sistematizar, conservar y producir la información necesaria para el adecuado cumplimiento de las funciones del Ministerio, en apoyo a las oficinas respectivas y en coordinación con la Oficina de Planeación, en especial en materias como, estadísticas políticas y electorales, orden público y negociación y asuntos territoriales;

b)

Adelantar los estudios de organización y métodos tendientes al desarrollo institucional del Ministerio;

c)

Asesorar las dependencias del Ministerio en la modernización, adquisición y utilización de equipos de cómputo y prestarles el apoyo en el área de sistemas;

d)

Desarrollar, mantener y actualizar los sistemas de información de las diferentes dependencias;

e)

Reglamentar el acceso, manejo y uso de la información que se procesa en la oficina;

f)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Oficina de Organización y Sistemas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2035 de 1991