Micelio

Artículo 5

º

Decreto 322 de 1957 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para celebrar un contrato con el Banco de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La elección que corresponde a los Bancos oficiales o semioficiales, y de su suplente, se hará en escrutinio separado, por mayoría absoluta de votos, el mismo día en que se haga la elección de los representantes de los Bancos privados, y para un periodo igual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 322 de 1957