º Son fondos de la Caja de Recompensas: 1.° Todas las multas que se impongan á los empleados del Ramo postal y telegráfico en la República, así como las que se impongan á los contratistas de correos y á los conductores de los mismos, y á los contratistas encargados de la conservación de las líneas telegráficas; 2.º Un descuento de dos por ciento (2 por 100) mensual que se hará á todos los empleados de Correos y Telégrafos de la República, tomado de la asignación que tengan señalada; 3.º Las sumas que ingresen al Tesoro por causa de contrabando, fraudes é irregularidades de toda clase que se cometan en la Renta de correos y en la de telégrafos, y las que provengan de los objetos rezagados en dichos Ramos, y que conforme á las disposiciones vigentes pasen á ser propiedad del Gobierno; 4.º Hasta un dos por ciento (2 por 100) del producto bruto de Correos y Telégrafos con que el Gobierno auxiliará mensualmente;y 5.º Las donaciones de todas clases que se hagan á la Caja de Recompensas.
Decreto 26 de 1906 →Vigente
Artículo 2
º Son Fondos De La Caja De Recompensas: 1
Decreto 26 de 1906 · Por el cual se estable la Caja de Recompensas para los empleados de los Ramos postal y telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.