Micelio

Artículo 2

º Manifestaciones Y Actos De Caracter Politico

Decreto 397 de 1994 · por el cual se dictan normas para la conservacion del orden publico durante el periodo de elecciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º MANIFESTACIONES Y ACTOS DE CARACTER POLITICO. Con anterioridad a la realización de desfiles manifestaciones y demás actos de carácter político a efectuarse en los lugares públicos, los interesados deben dar aviso al respectivo Alcalde, quien podrá modificar, entre otros, la fecha de su realización, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 102 del Código Nacional de Policía. Durante los ocho (8) días anteriores a la realización de las elecciones, únicamente podrán realizarse reuniones de carácter político en recintos cerrados. No obstante, de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de la Ley 84 de 1993, durante las veinticuatro (24) horas anteriores al día de las elecciones y mientras tiene lugar el acto electoral, se prohíbe toda clase de manifestaciones, de entrevistas radiales de prensa escrita y televisadas para todos los candidatos, así como toda clase de propaganda móvil o sonora, camisetas, banderas, sombreros, perifoneadores y similares que hagan alusión, en cualquier forma, al acto electoral que se realice.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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