Art. 3.° Fijase en la sama de $ 1,000 oro la cuantía de la fianza que debe prestar el Administrador departamental de Hacienda nacional de Nariño para asegurar su manejo como tal, 1a cual debe otorgarse de acuerdo con lo que sobre el particular prescribe el Código citado y otras disposiciones análogas.
Decreto 931 de 1904 →Vigente
Artículo 3
Decreto 931 de 1904 · Por la cual se crea la Administración de Hacienda nacional del Departamento de Nariño
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.