Micelio

Artículo 3

El Termino De Duración De La Caja Es De Cincuenta Años, Contados Desde El Veinte (20) De Noviembre De 1931

Decreto 1697 de 1955 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 3º. El termino de duración de la Caja es de cincuenta años, contados desde el veinte (20) de noviembre de 1931. Dicho término podrá prorrogarse antes de su expiración, de acuerdo con la Ley 45 de 1923. Asimismo la Caja podrá disolverse antes del plazo indicado, por resolución tomada por la Junta Directiva y aprobada por el Gobierno Nacional y la Superintendencia Bancaria.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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