° Este Decreto regirá a partir del 15 de septiembre próximo y mientras se dictan disposiciones que abarquen todos los impuestos que se cobren en la zona litigiosa. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2194 de 1945 →Vigente
Artículo 5
Este Decreto Regirá A Partir Del 15 De Septiembre Próximo Y Mientras Se Dictan Disposiciones Que Abarquen Todos Los Impuestos Que Se Cobren En La Zona Litigiosa
Decreto 2194 de 1945 · Por el cual se reglamenta el recaudo de un impuesto de degüello en la zona litigiosa de Moscopán, entre los Departamentos del Cauca y el Huila
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.