Artículo quinto . Las prestaciones sociales a favor de los trabajadores, causadas y no pagadas el día del traspaso de la Empresa, y las demás obligaciones que constituyen el pasivo comercial del Ferrocarril, quedarán a cargo del Departamento.
Decreto 201 de 1958 →Vigente
Artículo 5
Decreto 201 de 1958 · Por el cual se autoriza la adquisición del Ferrocarril de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.