º La Sección de Personal expedirá de oficio, dentro de los diez (19) días siguientes a la presentación de la solicitud, el correspondiente certificado sobre los cargos desempeñados, tanto en la planta interna como en el exterior, señalando el tiempo de servicio en cada uno de ellos.
Decreto 414 de 1968 →Vigente
Artículo 5
La Sección De Personal Expedirá De Oficio, Dentro De Los Diez (19) Días Siguientes A La Presentación De La Solicitud, El Correspondiente Certificado Sobre Los Cargos Desempeñados, Tanto En La Planta Interna Como En El Exterior, Señalando El Tiempo De Servicio En Cada Uno De Ellos
Decreto 414 de 1968 · Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 61 de 1987
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.