Administración y control. Corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la administración y control de la retención de la contribución parafiscal, para efectos de la investigación, determinación, control, discusión y cobro para lo cual le serán aplicables las normas de procedimiento y sanciones, contempladas en el Estatuto Tributario.
(Decreto 1258 de 2012, artículo 19)