Micelio

Artículo 2.2.3.2.24.2

Otras Prohibiciones

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Otras prohibiciones. Prohíbase también:

1.

Utilizar aguas o sus cauces sin la correspondiente concesión o permiso cuando este o aquellas son obligatorios conforme al Decreto-ley 2811 de 1974 y a este Decreto, o sin el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 97 del Decreto-ley 2811 de 1974.

2.

Utilizar mayor cantidad de la asignada en la resolución de concesión o permiso.

3.

Interferir el uso legítimo de uno o más usuarios.

4.

Desperdiciar las aguas asignadas.

5.

Variar las condiciones de la concesión o permiso, o traspasarlas, total o parcialmente, sin la correspondiente autorización.

6.

Impedir u obstaculizar la construcción de obras que se ordenen de acuerdo con el Decreto-ley 2811 de 1974, u oponerse al mantenimiento de las acequias de drenaje, desvío o corona.

7.

Alterar las obras construidas para el aprovechamiento de las aguas o de defensa de los cauces.

8.

Utilizar las obras de captación, control, conducción, almacenamiento o distribución del caudal sin haber presentado previamente los planos a que se refiere el artículo 120 del Decreto-ley 2811 de 1974 y la sección 19 del presente capítulo sin haber obtenido la aprobación de tales obras.

9.

Dar a las aguas o cauces una destinación diferente a la prevista en la resolución de concesión o permiso.

10.

Obstaculizar o impedir la vigilancia o inspección a los funcionarios competentes, o negarse a suministrar la información a que están obligados los usuarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 23, 133, 135 y 144 del Decreto-ley 2811 de 1974.

(Decreto 1541 de 1978, artículo 239).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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