El Gobierno hará los traslados necesarios dentro del Presupuesto de la actual vigencia para pagar el sueldo del personal de esta Comisiones desde el 1° de agosto y el 30 de septiembre de 1939, respectivamente.
Ley 20 de 1939 →Vigente
Artículo 2
Ley 20 de 1939 · Por la cual se prorroga el término de dos Comisiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.