Artículo primero. A partir del 1° de agosto de 1960 la División de Investigaciones Agropecuarias (D. I. A.), antes Departamento de Investigaciones Agropecuarias del Ministerio de Agricultura, se regirá por las normas de los Decretos 0962-Bis de 1955 y 0007 de 1958 y con las modificaciones introducidas por los artículos 55 y 56 del Decreto 1425 de 1960.
Decreto 1680 de 1960 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1680 de 1960 · Por el cual se dictan unas disposiciones orgánicas en el Ministerio de Agricultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.