Micelio

Artículo 3

La Policía Tiene El Deber De Clausurar Inmediatamente Toda Casa Donde Haya Juegos Prohibidos, Y El Dueño De Ella Pagara Una Multa De Cincuenta A Trescientos Pesos Oro

Decreto 28 de 1906 · Sobre juegos prohibidos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Policía tiene el deber de clausurar inmediatamente toda casa donde haya juegos prohibidos, y el dueño de ella pagara una multa de cincuenta a trescientos pesos oro. Los objetos que sirvan para el juego serán decomisados por la Policía y la multa se le entregara a la persona que denuncie la casa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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