Micelio

Artículo 1

Ley 72 de 1920 · por la cual se da una autorización al Gobierno relativa a la Jurisprudencia del Consejo de Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de hacer uso de esta autorización, el Gobierno acordara con el compilador el número de ejemplares que el primero se reserva para distribuir en las oficinas nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 72 de 1920