Son funciones de la Sección de Educación Primaria
Responder ante el Jefe de la División de Educación Elemental y Alfabetización por el cumplimiento de sus funciones.
Estudiar los problemas y necesidades de la educación primaria y de la educación especial.
Planear el desarrollo de campañas de educación primaria y de educación especial.
Dar normas y fijar requisitos mínimos para la aprobación de establecimientos de educación primaria y de educación especial.
Dar normas para el funcionamiento y control de establecimientos de educación primaria y de educación especial.
Elaborar planes de estudio para la educación primaria y especial, y velar por su cumplimiento.
Colaborar con la Sección de Arquitectura Escolar en la elaboración del plan de construcciones escolares y de los respectivos proyectos.
Colaborar con la Sección de Equipos y Materiales Escolares en la adecuada selección de los respectivos equipos, materiales y textos de orientación y guía.
Colaborar con la Sección de Servicios Bibliotecarios en el desarrollo de sus campañas.
Colaborar con la Sección de Formación, Capacitación y Perfeccionamiento de Maestros en la elaboración de sus programas.
Coordinar con la División de Acción Comunal y con las demás entidades públicas y privadas similares la planeación y desarrollo de los programas y campañas comunes.
Para los efectos del presente Decreto se entiende por educación primaria la que tiene, entre otras, las siguientes finalidades
Dar iniciación suficiente, en el campo de los conocimientos, con miras a que el niño comprenda los hechos y fenómenos que lo rodean y sea capaz de reaccionar constructivamente ante ellos.
Cultivar en el niño ideales de carácter moral, estético, cívico y científico. La educación especial es la que persigue extender los beneficios de la educación primaria a los niños que padecen ceguera, sordomudez, retraso o debilidad mental o desadaptación social, con métodos adecuados a sus condiciones.