Micelio

Artículo 3

Decreto 696 de 1961 · Por el cual se incorporan unos cargos del Ministerio de Educación Nacional dentro de la Nomenclatura y Escala de Sueldos establecidas por el Decreto número 1678 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, pero surte efectos fiscales a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos sesenta y uno (1961). Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 696 de 1961