Micelio

Artículo 16

Las Multas Se Consignarán En Las Administraciones De Hacienda Nacional, Las Cuales, Previa Deducción De Las Participaciones Correspondientes A Denunciantes Y Aprehensores, Las Contabilizarán Como Ingresos Nacionales

Decreto 328 de 1938 · Por el cual se dictan disposiciones sobre control de oro, cambio y exportaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las multas se consignarán en las Administraciones de Hacienda Nacional, las cuales, previa deducción de las participaciones correspondientes a denunciantes y aprehensores, las contabilizarán como ingresos nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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