Micelio

Artículo 3

Ley 116 de 1941 · Por el cual se declara de primordial necesidad publica la construcción de un edificio nacional en la ciudad de Pereira, y se ordena su construcción

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Podrá igualmente el Gobierno Nacional contratar con el Municipio de Pereira, y éste subcontratar, la construcción del edificio a que esta Ley se refiera, y para tal fin queda autorizado para suscribir a favor del citado Municipio los créditos y obligaciones de aceptación comercial y bancaria necesarios, y responder solidariamente con el Municipio por las obligaciones que éste contraiga en el contrato o contratos que celebre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 116 de 1941