Modifíquense el inciso 1°, el numeral 6 y el
del artículo 76 del Decreto 2147 de 2016, los cuales quedarán así: “ Artículo 76. Causales para la pérdida de la autorización como usuario operador de una zona franca. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo podrá declarar la pérdida de la autorización como usuario operador de una respectiva zona franca, por cualquiera de las siguientes causales:” “ 6. Si el usuario operador no presenta la renovación de la garantía de acuerdo a lo establecido en el artículo 88 del presente decreto.” “
Cuando se trate de las causales establecidas en los numerales 5, 6 y 7 del presente artículo, no se adelantará por parte del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo un procedimiento administrativo nuevo y bastará con ordenar mediante acto administrativo la procedencia de la pérdida de la autorización como usuario operador.”
Artículo 76. DECRETO 2147 de 2016