Micelio

Artículo 27

Decreto 452 de 1910 · Po el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son alumnos de la Escuela los individuos que habiendo sido matriculados o habiendo obtenido permiso para concurrir a ciertas clases, se mantienen en ella sometidos a las disposiciones y condiciones que prescribe este Reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 452 de 1910