Micelio

Artículo 3

Decreto 261 de 1958 · Por el cual se autoriza la venta del Centro Urbano Antonio Nariño al Instituto de Crédito Territorial

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La venta de que trata el presente Decreto se perfeccionará sin más requisito que la escritura pública correspondiente firmada, a nombre del Gobierno Nacional, por el Ministro de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 261 de 1958