Micelio

Artículo 20

De La División De Construcción Y Conservación

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División de Construcción y Conservación . Son funciones de la División de Construcción y Conservación: 1 Determinar los criterios y normas relativas a la conformación v mantenimiento de la infraestructura aeronáutica; 2 Preparar los programas de ejecución y conservación de las obras según los planes adoptados por el Departamento o por el Fondo Aeronáutico Nacional; 3. Someter a consideración y aprobación de la Dirección los estudios previos para los contratos de obras públicas .que vaya a celebrar el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nacional: 4. Efectuar, directamente o por contrato, los estudios necesarios para la conservación de las 'obras construidas por el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nacional; 5. Determinar los sistemas de señalización de las pistas, conforme a las normas vigentes; 6. Controlar el desarrollo de los programas y la afectación presupuestal de los mismos; 7. Colaborar con las demás dependencias de la Dirección en los asuntos de su especialidad; 8. Preparar los informes relacionados con la ubicación y construcción de los aeropuertos, determinando las características de ellos; 9. Colaborar con la División de Estudios y Diseños en todo lo relacionado con el registro de contratistas de obras públicas, y 10. Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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