º. El 15 por 100 del producto líquido del impuesto sobre la renta, cedido a los Departamentos por el artículo 15 de la Ley 12 de 1922, será entregado mensualmente a los respectivos Administradores de Hacienda de los Departamentos, en lo que respecta al gravamen causado en 1921 y que actualmente se está recaudando.
Decreto 972 de 1922 →Vigente
Artículo 1
El 15 Por 100 Del Producto Líquido Del Impuesto Sobre La Renta, Cedido A Los Departamentos Por El Artículo 15 De La Ley 12 De 1922, Será Entregado Mensualmente A Los Respectivos Administradores De Hacienda De Los Departamentos, En Lo Que Respecta Al Gravamen Causado En 1921 Y Que Actualmente Se Está Recaudando
Decreto 972 de 1922 · en cumplimiento del artículo 15 de la Ley 12 de 1922
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.