Micelio

Artículo 3

Decreto 997 de 1889 · Por el cual se establece el servicio diario de correos de correspondencia a Facatativá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3. ° Los Administradores del tránsito estarán siempre listos, en la respectiva Estación, para recibir y entregar la correspondencia á la hora en que deban tocar los trenes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 997 de 1889